Articulo 162 Instrumentos...de mercado

Articulo 162 Instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado

Ver Indice
»

Artículo 162. Funciones consultivas de los depositarios centrales de valores.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los depositarios centrales de valores asesorarán a la CNMV a solicitud de esta o mediante elevación de mociones en todas las materias relacionadas con la liquidación de valores negociables y con la llevanza de los registros contables.