Articulo 163 Deporte y la Actividad Física
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»Artículo 163. Procedimiento
Vigente
1. El procedimiento será el regulado en la correspondiente normativa electoral federativa que a tal efecto establezca el Consell Valencià de l Esport.
2. El procedimiento para las mociones de censura será el que establezca el Consell Valencià de l Esport o, en su caso, los estatutos federativos debidamente aprobados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-03-2011 en vigor desde 25-03-2011