Articulo 163 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
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»Artículo 163. Presidencia
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1. La presidencia de la Agencia para la Competitividad de la Empresa, que es también la del Consejo de Administración, corresponde al consejero o consejera del departamento competente en materia de industria.
2. Las funciones del presidente o presidenta deben ser determinadas por los estatutos de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana.
3. El presidente o presidenta del Consejo de Administración de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana puede delegar el ejercicio de sus funciones en el vicepresidente o vicepresidenta.
Modificaciones
- Artículo modificado (163 (apdo. 1)) por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 31-01-2014
