Articulo 1642 Código civil

Articulo 1642 Código civil

Ver Indice
»

Artículo 1642

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Cuando el dominio directo o el útil pertenezca pro indiviso a varias personas, cada una de ellas podrá hacer uso del derecho de retracto con sujeción a las reglas establecidas para el de comuneros y con preferencia del dueño directo, si se hubiese enajenado parte del dominio útil; o el enfiteuta, si la enajenación hubiese sido del dominio directo.