Articulo 165 Protección I...olescencia

Articulo 165 Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia

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Artículo 165. Requisitos

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1. Se podrá elegir como Comisionado del Menor a toda persona de nacionalidad española, mayor de edad, que se encuentre en el pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos y que reúna la formación y experiencia profesional necesaria para el ejercicio de las funciones que le corresponden.

2. La persona que sea nombrada Comisionado del Menor deberá residir obligatoriamente en la Comunitat Valenciana.