Articulo 166 Hacienda pública de La Rioja
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»Artículo 166. Auditoría de seguimiento de planes de equilibrio financiero.
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El Plan anual de auditorías y de actuaciones de control financiero contemplará especialmente el control financiero de las entidades del sector público previstas en el apartado 2 del artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, sometidas a un plan económico-financiero o a un plan de reequilibrio, previstos en los artículos 21 y 22 de la referida ley orgánica.
