Articulo 166 Reglamento de Recaudación de Navarra
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»Artículo 166. Suspensión del procedimiento recaudatorio
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Modificaciones
- Modificación realizada (166 (se deroga)) por DECRETO FORAL 15/2021, de 17 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria en materia de revisión de actos en vía administrativa, aprobado mediante Decreto Foral 85/2018, de 17 de octubre.
(NA de 11-03-2021) en vigor desde 12-03-2021 - Artículo modificado (166 (apdo. 1)) por DECRETO FORAL 1/2003, de 13 de enero, por el que se modifican el Reglamento de la Inspeccion Tributaria de la Administracion de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio; el Decreto Foral 153/2001, de 11 de junio, de desarrollo de las disposiciones de la Ley Foral General Tributaria en materia de infracciones y sanciones tributarias de la Administracion de la Comunidad Foral de Navarra, y el Reglamento de Recaudacion de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio.
(NA de 10-02-2003) en vigor desde 11-02-2003
