Artículo 166 sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades
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»Artículo 166. Derogación
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Quedan derogadas las Directivas 82/891/CEE, 89/666/CEE, 2005/56/CE, 2009/101/CE, 2011/35/UE y 2012/30/UE, en sus versiones modificadas por las Directivas citadas en el anexo III, parte A, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho interno y de las fechas de aplicación de las Directivas que se indican en el anexo III, parte B.
Las referencias a las Directivas derogadas se entenderán hechas a la presente Directiva con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo IV.
