Articulo 167 Simplificación y mejora de la regulación normativa
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»Artículo 167. Modificación del artículo 41 del texto refundido de la Ley de carreteras
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Se añade un apartado, el 4, al artículo 41 del texto refundido de la Ley de carreteras, con el siguiente texto:
"4. El plazo para resolver y notificar el procedimiento de establecimiento de la línea de edificación de carreteras a una distancia inferior a la regulada con carácter general es de seis meses. En los procedimientos iniciados a solicitud de la persona interesada, la solicitud se entiende desestimada una vez transcurrido este plazo."
