Articulo 168 RDLeg 1/1994...dad Social

Articulo 168 RDLeg. 1/1994 de 20 de junio, TR. de la Ley General de la Seguridad Social

Ver Indice
»

Artículo 168. Cuantía de la pensión.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Para la determinación de la cuantía de la pensión de jubilación, en su modalidad no contributiva, se estará a lo dispuesto para la pensión de invalidez en el artículo 145 de la presente Ley.