Articulo 169 Agraria de C. León
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»Artículo 169. Registro de organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
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1. Se crea el Registro de organizaciones interprofesionales agroalimentarias de Castilla y León dependiente de la consejería competente en materia agraria.
2. En la forma en que se determine reglamentariamente, la consejería competente en materia agraria inscribirá en este Registro a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias que hayan sido reconocidas y los acuerdos adoptados por las mismas que le hayan sido notificados.
