Articulo 169 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
Artículo 169.
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La división dasocrática de los cuarteles de montes que se pretende ordenar por métodos de entresaca pie a pie puede comprender los siguientes casos:
Entresaca generalizada, para cuarteles pequeños y/o de cierta homogeneidad en los que no procede división dasocrática alguna.
Entresaca regularizada, para cuarteles extensos no excesivamente heterogéneos en los que se procederá a dividirlos en tantos tramos de entresaca como años comprenda la rotación. Se tratará de formar tramos iguales o equiproductivos, según que la calidad de la estación sea o no homogénea.
En montes extensos de gran heterogeneidad cuya subdivisión en cuarteles menores y más homogéneos no sea viable, ni tampoco la formación de tramos de entresaca, podrá procederse a la agrupación de rodales análogos en cuanto a composición diamétrica, a efectos de los tratamientos a aplicar. Podría ser ésta una fase previa a una futura ordenación por entresaca regularizada o por bosquetes.
