Articulo 17 26 DLeg 3/2...s públicos

Articulo 17 26 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 17. 2-6. Autorización de cobro.

Vigente

Se autoriza al departamento competente en materia de pesca para que articule los mecanismos de colaboración necesarios para gestionar las zonas de pesca controlada con las federaciones deportivas catalanas u otras entidades legalmente constituidas vinculadas al mundo de la pesca, y se atribuya a estas federaciones o entidades el cobro de la tasa en nombre y por cuenta de la Generalidad.

Modificaciones