Articulo 17 Agencia tributaria canaria

Articulo 17 Agencia tributaria canaria

Ver Indice
»

Artículo 17.- Instrumentos de planificación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. La actuación de la Agencia Tributaria Canaria se adecuará al contrato de gestión y con arreglo al Plan de Acción Anual.

2. El contrato de gestión, el Plan de Acción Anual y los demás documentos a que se refiere el presente capítulo son públicos, teniendo los ciudadanos acceso a los mismos a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.