Articulo 17 el que se apr...e Asturias

Articulo 17 el que se aprueba el Reglamento de Selección e Ingreso de Personal de la Administración del Principado de Asturias

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Artículo 17.

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En el plazo de un mes desde la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y de la Provincia de la Oferta Pública de Empleo, las Consejerías a las que figuren adscritas plazas vacantes incluidas en aquélla propondrán a la de la Presidencia (Dirección Regional de la Función Pública) la convocatoria de los oportunos procedimientos de ingreso para el acceso a dichas plazas y hasta un diez por ciento adicional.