Articulo 17 Caza de C Valenciana

Articulo 17 Caza de C. Valenciana

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Artículo 17. Homologación de trofeos de caza.

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El organismo responsable de la homologación de los trofeos de caza en la Comunidad Valenciana comunicará anualmente a la Conselleria competente en materia de caza el listado de los trofeos de caza homologados durante dicho período.