Articulo 17 caza de Castilla-La Mancha
Ver Indice
»Artículo 17.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los titulares cinegéticos serán responsables de los daños causados en las explotaciones agrarias por las piezas de caza que procedan de sus acotados. Subsidiariamente serán responsables los propietarios de los terrenos que conforman el coto.
