Articulo 17 Comercio interior de Galicia

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Artículo 17. Finalidad del Observatorio del Comercio de Galicia.

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El Observatorio del Comercio de Galicia tendrá las siguientes finalidades:

a) La recopilación, el análisis y el intercambio de la información disponible en diferentes fuentes autonómicas, estatales e internacionales sobre el comercio, así como de los principales indicadores del comercio interior en Galicia.

b) La identificación de las principales tendencias derivadas de la innovación y de la transformación digital y sustentable del sector comercial.

c) La evaluación de la ejecución de los planes y estrategias comerciales y del impacto de las ayudas y políticas desarrolladas por los distintos departamentos de las administraciones en la situación del comercio gallego.

d) La elaboración del mapa de comercio de Galicia.

e) La realización y difusión de encuestas, estudios, investigaciones e informes técnicos.

f) El intercambio de experiencias de éxito, buenas prácticas, investigaciones y trabajos entre profesionales y personas expertas en el ámbito comercial.

Modificaciones