Artículo 17 Condiciones y procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y correspondencia de títulos universitarios pertenecientes a ordenaciones anteriores
Artículo 17. Audiencia.
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1. Antes de formular la propuesta de resolución, el órgano instructor dará audiencia a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por un plazo de diez días hábiles, salvo que, antes del vencimiento de dicho plazo, éstas manifiesten su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, en cuyo caso se tendrá por realizado el trámite.
2. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por la persona interesada.
3. En los supuestos de propuesta de resolución desfavorable o favorable condicionada, ésta se considerará provisional. El órgano instructor lo notificará a las personas solicitantes, al efecto de presentación de alegaciones y de la documentación que estimen oportuna, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde su notificación. En el caso de que las personas interesadas no realicen alegaciones transcurrido dicho plazo, la propuesta de resolución tendrá carácter definitivo.
4. Una vez revisadas las alegaciones, en su caso, la Comisión formulará la propuesta de resolución, que tendrá carácter definitivo.
