Articulo 17 Consejo
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»Artículo 17. Dictamen de la Comisión Permanente del Consejo de Navarra.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (17 (se deroga)) por LEY FORAL 25/2001, de 10 de diciembre, por la que se modifica la LeyForal 8/1999, de 16 de marzo, del Consejo de Navarra.
(NA de 17-12-2001) en vigor desde 17-12-2001
