Articulo 17 Cooperación para el Desarrollo de Aragón
Ver Indice
»Artículo 17. Dotación de medios.
Vigente
La Administración de la Comunidad Autónoma dotará al Consejo de los medios necesarios para garantizar su funcionamiento.
La Administración de la Comunidad Autónoma dotará al Consejo de los medios necesarios para garantizar su funcionamiento.