Artículo 17 D.129/2026, ...s sociales

Artículo 17. D.129/2026, de 3 de septiembre, C.Valenciana, tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales

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Artículo 17. Sugerencias, quejas y agradecimientos.

Vigente

1. La persona usuaria de un centro o programa de servicios sociales, sus representantes legales, la persona o personas que ejerzan las medidas de apoyo judicialmente establecidas y sus familiares o personas allegadas podrán presentar ante la Generalitat sugerencias, quejas y agradecimientos, conforme a lo establecido en el capítulo V del Decreto 41/2016, de 15 de abril, del Consell, por el que se establece el sistema para la mejora de la calidad de los servicios públicos y la evaluación de los planes y programas en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental.

2. Los centros y programas de servicios sociales deberán disponer de un libro de hojas de quejas en formato oficial, que estará a disposición de toda persona que lo solicite y que deberá ser publicitado en el tablón de anuncios del centro.