Artículo 17. Decreto 36/2025, de 11 de febrero, Andalucía, acceso por turno libre, promoción interna, movilidad, otras formas de provisión del funcionariado de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento
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»Artículo 17. Integración en el servicio.
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La integración en el servicio se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en las pruebas superadas en el correspondiente procedimiento de selección y el posterior curso de acceso realizado.
Con carácter previo a su incorporación, la entidad titular del Servicio facilitará a su personal funcionario información relativa a su organización y funcionamiento dándole traslado, en su caso, del Reglamento del mismo, normas y procedimientos de actuación, así como de aquella formación complementaria o específica que estime conveniente para un mejor desempeño de las tareas a desarrollar.
