Articulo 17 Desarrollo de...s técnicos

Articulo 17 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos

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Artículo 17. Distintivos básicos.

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Son distintivos básicos de los cuerpos de la policía local las insignias y divisas para la identificación externa del personal que forma parte de ellos, de modo que, dentro de la necesaria homogeneidad entre todos los cuerpos de Policía Local de Galicia, se pueda diferenciar al personal perteneciente a cada cuerpo o ayuntamiento.