Articulo 17 Eliminacion d...s rellenos

Articulo 17 Eliminacion de residuos mediante deposito en vertedero y la ejecucion de los rellenos

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Artículo 17. Información pública.

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1. El órgano ambiental procederá a someter los proyectos de vertederos a un trámite de información pública de treinta días que tendrá como finalidad la formulación de las alegaciones y la presentación de los documentos que se estimen procedentes por quienes se consideren interesadas e interesados.

2. El trámite de información pública se sustanciará mediante publicaciones en el Boletín Oficial del Territorio Histórico correspondiente al emplazamiento objeto de solicitud de autorización.