Articulo 17 Se establece el 2021-2027 marco financiero plurianual
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»Artículo 17. Revisión en caso de reunificación de Chipre
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En caso de reunificación de Chipre, se revisará el MFP para tener en cuenta la resolución global del problema de Chipre y las necesidades financieras adicionales derivadas de la reunificación.

