Articulo 17 Gobierno andaluz
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»Artículo 17. Del fuero procesal.
Vigente
De acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía, la responsabilidad civil y penal del Presidente o de la Presidenta de la Junta de Andalucía será exigible ante la Sala correspondiente del Tribunal Supremo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-11-2006 en vigor desde 27-11-2006