Articulo 17 Ley de Gobierno

Articulo 17 Ley de Gobierno

Ver Indice
»

Artículo 17.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Gobierno está integrado por el Lehendakari y los Consejeros por él designados, de entre los cuales podrá nombrar un Vicepresidente Primero y uno o más Vicepresidentes, si así lo considerase oportuno.

2. En el Gobierno ambos sexos estarán representados al menos en un 40%.

Modificaciones