Articulo 17 Ley de medidas urgentes para responder al impacto generado por el coronavirus de Navarra
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»Artículo 17. Medidas en el ámbito de las subvenciones.
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Se habilita a la Directora Gerente de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas para modificar las condiciones de las subvenciones nominativas para garantizar la cobertura de servicios esenciales para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por el Gobierno de Navarra para hacer frente al COVID-19.
