Articulo 17 Medidas tributarias urgentes en I. Balears
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»Artículo 17. Tipo de tributación y cuotas fijas
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (17 (se deroga)) por Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en Materia de Tributos Cedidos por el Estado
(PM de 07-06-2014) en vigor desde 08-06-2014 - Modificación realizada (17 (apdo. 2.a; apdo. 3)) por Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de lacomunidad autónoma de las Illes Balears para el año2014
(PM de 31-12-2013) en vigor desde 01-01-2014 - Artículo modificado por Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2013
(PM de 29-12-2012) en vigor desde 01-01-2013
