Articulo 17 Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación
Ver Indice
»Artículo 17. Preferencia en la tramitación.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los contratos y acuerdos marco que se vayan a financiar con fondos europeos gozarán de preferencia en su tramitación por los distintos órganos que intervengan en la misma. Asimismo, los plazos para emitir los respectivos informes quedarán reducidos a cinco días hábiles, sin que quepa prórroga alguna de este plazo.
