Articulo 17 Medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores
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Articulo 17 Medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores

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Artículo 17. Modificación del Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión.

Vigente

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Se añade un cuarto párrafo en el artículo 7.2, del Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión, con la siguiente redacción:

«Adicionalmente, las empresas comercializadoras no podrán acceder a la información del apartado ac), quedando accesible para la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en el ejercicio de sus funciones.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-10-2018 en vigor desde 07-10-2018