Articulo 17 Modificación del Decreto-ley 5/2012 -medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público-
Artículo decimoséptimo. Adición de una nueva disposición adicional al Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de l...
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Se añade una nueva disposición adicional, la disposición adicional deci moséptima, al Decreto Ley 5/2012, con la siguiente redacción:
D.A. 17ª Reducción voluntaria del complemento específico
1. El personal funcionario de servicios generales y docente de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, cualquiera que sea el grupo o subgrupo al que pertenezca, podrá solicitar la reducción del importe del complemento específico correspondiente al puesto de trabajo que ocupe con el fin de adecuarlo al porcentaje a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al ser- vicio de las administraciones públicas.
2. La reducción del importe del complemento específico no supondrá de manera automática la autorización de ninguna compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas a favor del solicitante, el cual estará obligado a solici- tar el reconocimiento expreso de esta compatibilidad en los términos que esta- blece el artículo 14 de la Ley 53/1984.
3. En todo caso, la denegación de la compatibilidad implicará automáti- camente, y con efectos jurídicos y económicos desde la fecha de la solicitud de compatibilidad, el incremento del complemento específico objeto de reducción hasta su cuantía originaria.
