Articulo 17 Modificación de la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Modificación de la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
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»Artículo 17. Modificación del artículo 24 de la Ley 14/2010
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1. Se modifica el ordinal primero del artículo 24 de la Ley 14/2010, que pasa a tener el siguiente texto:
«1. En la conselleria competente en materia de espectáculos públicos existirá un registro de empresas y establecimientos destinados a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas y socioculturales.»
