Articulo 17 NORMAFORAL8/2015,de23dediciembre,porlaqueseapruebanlospresupuestosgeneralesdelTerritorioHistóricodeGipuzkoaparaelaño2016.
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»Artículo 17. Transferencias a las Juntas Generales y al resto de entidades del sector público foral.
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1. Los créditos del presupuesto de la Diputación Foral destinados a financiar el presupuesto de las Juntas Generales se transferirán a medida que sean demandados por la Mesa de las Juntas Generales.
2. Las transferencias a las sociedades mercantiles forales y a los organismos autónomos forales se realizarán de acuerdo a sus necesidades financieras.

