Articulo 17 Ordenación de... turístico

Articulo 17 Ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico

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Artículo 17. Requisitos de las estancias y superficies mínimas

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1. Los apartamentos turísticos tendrán las dimensiones mínimas que, según la categoría, se reflejan en la siguiente tabla:

3 llaves

2 llaves

1 llave

a) Cuarto doble (m2)

14

12

10

b) Cuarto sencillo (m2)

8

7

6

c) Salón-comedor (m2)

16

13

10

d) Cocina independiente (m2)

6

4

3

e) Baño (m2)

4

3,5

3

Si la cocina está integrada en el salón-comedor, la superficie de éste se incrementará en la prevista en cada categoría para la cocina en pieza independiente.

2. Las dependencias de los apartamentos tipo estudio tendrán las siguientes dimensiones:

3 llaves

2 llaves

1 llave

Salón-comedor-dormitorio (m2)

25

22

17

Baño (m2)

4

3,5

3

Cocina independiente (m2)

4

3

2

En el caso de que la cocina no esté en pieza independiente, la superficie del salón-comedor-dormitorio se incrementará en la superficie prevista en cada categoría para la cocina en pieza independiente.