Articulo 17 Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo
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»Artículo 17. Definición
Vigente
Son presupuestos participativos aquellos procesos por los que la ciudadanía interviene en la elaboración del presupuesto de las administraciones públicas valencianas, concretamente a través de la propuesta, ejecución y seguimiento en la gestión de las partidas de gasto público asignadas específicamente para este fin.