Articulo 17 Plan General de Ordenación Forestal
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»Artículo 17. Clasificación de catálogos.
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La legislación forestal prevé dos clases de catálogos:
El Catálogo de Montes de Dominio Público y de Utilidad Pública en el que se incluyen todos los montes declarados de dominio público y de utilidad pública.
b. El Catálogo de Montes Protectores en el que se incluyen todos los montes declarados protectores.
