Articulo 17 Prestaciones sociales de carácter económico de I. Balears
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»Artículo 17. Situación de vulnerabilidad económica
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Se entiende por situación de vulnerabilidad económica aquella en la que la capacidad económica de la persona solicitante y su unidad de convivencia está por debajo de la cuantía correspondiente de la renta social garantizada.
