Artículo 17 RD-ley 21/20...de interés

Artículo 17. RD-ley 21/2026, de 25 de agosto, transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés

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Artículo 17. Órgano competente y normativa aplicable.

Derogado

1. El órgano competente para la incoación, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores que afecten a los grupos de interés es el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

2. Los procedimientos de naturaleza sancionadora se iniciarán siempre de oficio por acuerdo de la persona titular del Consejo.