Articulo 17 Reconocimient...de Navarra

Articulo 17 Reconocimiento de las víctimas de abusos sexuales cometidos en el seno de la Iglesia católica de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 17. Justicia restaurativa.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


En caso de solicitarlo las víctimas, la Comunidad Foral de Navarra, a través del departamento competente en materia de justicia, pondrá a disposición de las víctimas los instrumentos de justicia restaurativa de que disponga a fin de alcanzar los objetivos y fines de esta ley foral.