Articulo 17 Régimen espec...mo capital

Articulo 17 Régimen especial del municipio de Zaragoza como capital

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Artículo 17. Consejo Jurídico Municipal.

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El Gobierno de Zaragoza podrá crear un Consejo Jurídico Municipal para emitir informes y dictámenes de carácter no vinculante sobre cualesquiera asuntos de interés municipal. Su composición y funcionamiento se determinarán en el acuerdo de creación.