Articulo 17 Reglamento de la Autoridad de Transporte Metropolitano
Artículo 17. Estructura administrativa de la Dirección-Gerencia
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1. Bajo la dirección y supervisión de la Dirección-Gerencia, la Autoridad de Transporte Metropolitano de València se estructura en dos unidades con rango de Subdirección General, bajo las denominaciones de Subdirección Técnica y Secretaría General, respectivamente. A cada subdirección general, bajo la autoridad de la persona titular de la Dirección-Gerencia, le corresponde dirigir, controlar, coordinar y supervisar la ejecución de los proyectos, objetivos o actividades que se le asignen, así como los servicios que se le adscriben. Igualmente ejercerán las facultades que se les delegue o encomiende expresamente.
2. La Subdirección Técnica se estructura en los siguientes servicios:
a) El Servicio de Planificación, Movilidad y Gestión de redes, al que corresponde las funciones siguientes:
1.ª) Elaboración de los instrumentos de planificación de infraestructuras, redes y servicios urbanos y metropolitanos, así como los planes relacionados con la movilidad sostenible y accesibilidad del sistema de transportes.
2.ª) Elaboración de los estudios técnicos necesarios para la caracterización de la demanda de transporte y los patrones de movilidad en el área metropolitana de València como base de la acción planificadora de los servicios y las infraestructuras del transporte en dicho área, así como los informes relativos a la planificación que le sean requeridos.
3.ª) Redacción de proyectos de servicio público para la creación de servicios públicos de transporte.
4.ª) Gestión y coordinación de los servicios públicos de transporte para la integración del sistema y la intermodalidad de los diferentes medios de transporte en el área metropolitana.
5.ª) Control del cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios públicos de transporte.
6.ª) Diseño y ejecución de estrategias sobre movilidad que procedan en orden a participar en convocatoria de fondos europeos.
7ª) Coordinación con otras administraciones públicas en materia de actividad inversora en infraestructuras de transporte, ordenación del territorio y gestión de tráfico y de circulación.
8ª) Cualquier otra función que le sea asignada por la Dirección Gerencia o la Subdirección Técnica.
b) El Servicio de Gestión Económica-Financiera del Sistema de Transporte, al que corresponde las funciones siguientes:
1.ª) Estudio y diseño del régimen tarifario del transporte metropolitano de València.
2.ª) Control de los ingresos tarifarios.
3.ª) Control y gestión económica-financiera del sistema de transporte.
4.ª) Ejecución de tareas relacionadas con la expedición, distribución y venta de los títulos de transporte, así como la promoción de los desarrollos de nuevas tecnologías para el soporte de billetes integrados.
5.ª) Recopilar y analizar los datos para las elaboración de las estadísticas sobre movilidad metropolitana.
6.ª) Cualquier otra función que le sea asignada por la Dirección Gerencia o la Subdirección Técnica.
3. La Secretaría General se estructura en los siguientes servicios:
a). El Servicio de Apoyo Técnico y Coordinación Administrativa, al que corresponde las funciones siguientes:
1.ª) Ejercer las funciones de apoyo a las secretarías de los órganos colegiados del organismo.
2.ª) Efectuar apoyo jurídico a otras unidades administrativas y órganos directivos de la Autoridad.
3.ª) Con el apoyo de los servicios comunes de la Conselleria a la cual se adscribe la Autoridad, realizará la gestión y tramitación administrativa, económica, de personal y patrimonial que proceda.
4.ª) Tramitar los recursos administrativos que deba resolver el organismo.
5.ª) Cualquier otra función que le sea asignada por la Dirección Gerencia o la Secretaría General.
b). El Servicio de Comunicación y Calidad, al que le corresponde:
1.ª) Realizar las tareas de comunicación, publicidad y promoción a la ciudaddanía del uso de transporte público.
2.ª) Proveer la información web de los servicios públicos de transporte a la ciudadanía.
3.ª) Gestionar y coordinar los diferentes sistemas de información pública.
4.ª) Controlar la calidad de los servicios.
5.ª) Tramitar y contestar las quejas y sugerencias que reciba el organismo.
6.ª) Dar respuesta a las solicitudes de información formuladas por entidades locales, instituciones parlamentarias o de control institucional.
7ª) Velar por el cumplimiento de la normativa de transparencia en el ámbito competencial del organismo.
8ª) Cualquier otra función que le sea asignada por la Dirección Gerencia o la Secretaría General.
