Articulo 17 Reglamento Ge...Carreteras

Articulo 17 Reglamento General de Carreteras

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Artículo 17. Documentación del Plan y programas.

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El Plan y los programas de Carreteras estarán integrados por los siguientes documentos:

  1. Memoria, con la documentación básica y estudios necesarios.

  2. Documentación gráfica descriptiva del alcance del Plan o programas.

  3. Normas para su desarrollo y aplicación.

  4. Estudio económico-financiero.

  5. Programación de actuaciones para el desarrollo del Plan o programas.