Articulo 17 Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral -Vigente-
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»Artículo 17. Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa.
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1. Corresponde al Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa, de acuerdo con las funciones previstas en este Decreto Foral, velar por la consecución de los objetivos generales de la Policía Foral de Navarra, en los ámbitos de actuación siguientes:
a) La protección y seguridad de los edificios e instalaciones que se le encomienden.
b) La inspección y control de los servicios de seguridad privada que se le encomienden, así como la coordinación y colaboración con los mismos.
c) La actuación policial preventiva, investigación y denuncia de infracciones administrativas en los ámbitos de protección del Medio Ambiente y Juego y Espectáculos.
