Articulo 17 Reglamento de selección y formación de la Policía
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»Artículo 17.
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1. El concurso-oposición consiste en la sucesiva celebración de los sistemas de oposición y concurso para determinar la aptitud de los aspirantes y fijar el orden de prelación entre ellos.
2. La fase de oposición se ajustará a las previsiones contenidas en la sección I del presente capítulo.
3. La fase de concurso se ajustará a las previsiones contenidas en la sección II del presente capítulo con las especificaciones contenidas en los artículos siguientes.
