Articulo 17 Residuos y su...de Galicia

Articulo 17 Residuos y suelos contaminados de Galicia

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Artículo 17. Información, formación y concienciación ciudadanas

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1. La consejería competente en materia de residuos elaborará y desarrollará campañas de información, formación y concienciación ciudadanas, que tendrán como objetivos prioritarios:

a) Promover el cambio del modelo productivo lineal hacia un modelo productivo acorde con los principios básicos de la economía circular.

b) Fomentar el empleo verde a través de una adecuada política de residuos.

c) Reducir el desperdicio alimentario en la producción primaria, en la transformación y la fabricación, en la venta comerciante minorista y en otros tipos de distribución de alimentos, en restaurantes y servicios alimentarios, así como en los hogares.

d) Informar del impacto ambiental del consumo y de los beneficios de un consumo responsable.

e) Promover la participación activa de la ciudadanía en la progresiva implantación de la recogida separada, así como el uso de los puntos limpios.

f) Fomentar la disminución del uso de envases y embalajes de productos de difícil reutilización o reciclaje, prestando especial atención al ecodiseño.

g) Evitar la degradación del patrimonio natural por efecto de una gestión inadecuada de residuos.

h) Informar sobre las consecuencias nocivas para la salud y el medio ambiente derivadas del uso incorrecto de productos que generan residuos especiales, así como del aumento de la generación de residuos.

i) Promover medidas de formación en materia de residuos, especialmente dirigidas a la población escolar.

2. Para el desarrollo de estos objetivos, la consejería competente en materia de residuos firmará, en su caso, convenios de colaboración con los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del sujeto productor o con asociaciones o entidades públicas o privadas.