Decimoséptima. RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2025, País Vasco
Decimoséptima.- Recursos.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante de la Dirección General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Caso de interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía jurisdiccional hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta por silencio.
Si la persona interesada optara por la impugnación jurisdiccional, procederá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Los actos administrativos que deriven de la presente convocatoria, de la actuación de los Tribunales o de los órganos de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma prevista en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
En Arkaute, a 10 de diciembre de 2025.
El director general de la Academia Vasca de Policía y Emergencias,
JON GURUTZ GOMEZ GOICOLEA.
