Articulo 17 Salud de Galicia
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»Artículo 17. Garantías de sostenibilidad.
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El desarrollo normativo y organizativo de los derechos sanitarios tendrá en cuenta los principios de:
Optimización de la eficiencia en costes de todos sus niveles orgánicos y asistenciales.
Sostenibilidad financiera del sistema sanitario en su conjunto y de manera integral, teniendo en cuenta aspectos como la dispersión, el envejecimiento y la comorbilidad de la población.
