Artículo 17 Servicios de ... Cantabria

Artículo 17 Servicios de autotaxi en Cantabria

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Artículo 17.- Deberes de las personas usuarias.

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Las personas usuarias del servicio de autotaxi habrán de cumplir las normas de utilización que se establezcan, teniendo, en todo caso, los siguientes deberes: a) Adoptar un comportamiento respetuoso durante la prestación del servicio, sin interferir en la conducción del vehículo y sin que pueda implicar peligro para las personas y los bienes. b) Pagar el importe de la tarifa de la prestación del servicio de acuerdo con el régimen de tarifas establecido. c) No manipular, destruir o deteriorar ningún elemento del vehículo durante el servicio. d) Abstenerse de fumar, beber alcohol o consumir cualquier tipo de sustancia estupefaciente en el interior del vehículo. e) Respetar las instrucciones de la persona conductora en relación con la prestación del servicio en condiciones de seguridad. f) Respetar y colaborar en lo relativo a las medidas de salud pública establecidas por las autoridades sanitarias competentes.